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El Gobierno de Aragón reconoce abiertamente el término familia monomarental. En mayo ha firmado un convenio con la Asociación Madres Solas, donde viene recogido. Eso sí, lo vincula a la falta del otro progenitor. Señala que los hogares encabezados por mujeres sufren una mayor situación de vulnerabilidad en comparación con el resto de hogares. Dice que ser madre en un hogar monomarental supone dificultades añadidas a la crianza y a la relación con el mercado laboral

Se consideran familias monoparentales aquellas en las que:

  • Los hijos e hijas estén reconocidos legalmente por una única persona progenitora.
  • Están constituidas por una persona viuda o en situación equiparada, con hijos e hijas que dependan económicamente de ella, sin que a tal efecto se tenga en cuenta la percepción de pensiones de viudedad u orfandad. En ningún caso se reconocerá esta condición a las personas viudas o en situación equiparada que hubiere sido condenada por sentencia firme por la comisión de un delito de violencia de género en cualquiera de sus formas, cuando la víctima fuera la persona progenitora de los hijos e hijas integrantes de la familia monoparental.
  • La persona que encabeza la unidad familiar acoja a uno o varios menores mediante resolución administrativa o judicial por tiempo igual o superior a un año, o tenga, en situación de acogida permanente a mayores de edad que cumplan los requisitos que han de reunir los hijos e hijas.
  • La persona que encabeza la unidad familiar haya sufrido violencia de género.
  • Una de las personas progenitoras haya abandonado el domicilio familiar y sus obligaciones económicas y parentales.
  • La persona que encabeza la unidad familiar, si hay separación o divorcio, siempre que cumpla los siguientes requisitos:
    • Tenga la guarda y custodia exclusiva de los hijos e hijas
    • No haya percibido la pensión por alimentos establecida judicialmente o en convenio regulador durante seis meses consecutivos o alternos en el período de los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud para el reconocimiento como familia monoparental, o que, aun percibiendo la pensión, sus ingresos familiares sean inferiores a 1,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente calculado en doce mensualidades.

Familias monoparentales Aragón – Pincha aquí para leer la noticia completa

Ojalá esta iniciativa sirva de ejemplo al resto de Comunidades Autónomas para seguir avanzando de una forma igualitaria.

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